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Si mi mesa de sufragio no se habilitó por falta de los miembros de mesa, ¿debo pagar multa? JNE responde

Diversos electores no pudieron sufragar debido a que sus mesas no lograron instalarse por la ausencia de los miembros de mesa titulares y suplentes. Ante esta situación, un especia...

Por Redacción PeruAlDia•domingo, 4 de octubre de 2026, 02:39 p. m.•4 min de lectura
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Si mi mesa de sufragio no se habilitó por falta de los miembros de mesa, ¿debo pagar multa? JNE responde
Fotografía capturada por RPP Noticias.
En Síntesis • Lo que debes saber
  • ## Diversos electores no pudieron sufragar debido a que sus mesas no lograron instalarse por la ausencia de los miembros de mesa titulares y suplentes.
  • Desde primeras horas de la jornada electoral, diversos usuarios reportaron que sus mesas de sufragio no habían podido instalarse debido a la ausencia de los miembros de mesa titulares y suplentes.

Diversos electores no pudieron sufragar debido a que sus mesas no lograron instalarse por la ausencia de los miembros de mesa titulares y suplentes. Ante esta situación, un especialista del **JNE** explicó qué ocurre con los ciudadanos afectados y cuál es el procedimiento que deben seguir.

Desde primeras horas de la jornada electoral, diversos usuarios reportaron que sus mesas de sufragio no habían podido instalarse debido a la ausencia de los miembros de mesa titulares y suplentes. En algunos casos, incluso, los electores que se encontraban en la fila se negaron a asumir esta función.

Si mi mesa no logró instalarse hasta las 12:00 p. m. de este domingo, 4 de octubre, como establece la ley, ¿debo pagar una multa pese a que sí acudí a votar? Román Campos, especialista del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), explicó qué ocurre en estos casos y qué deben hacer los electores afectados.

Medidas adoptadas y próximos pasos

Medidas adoptadas y próximos pasos

¿Qué sucede con los electores que se quedaron sin votar debido a que sus mesas no se habilitaron?

Román Campos explicó que, en el marco de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), los electores cuya mesa no pudo instalarse pueden solicitar una dispensa para evitar la multa por no votar. Asimismo, explicó que la solicitud podrá presentarse a partir del lunes 5 de octubre.

Alcances de la norma y disposiciones oficiales

“En el caso de los ciudadanos que no acudieron a votar y en el caso de los ciudadanos que no acudieron a integrar una mesa de sufragio, se da la justificación necesaria para que, finalmente, no se cobre esta multa. En el caso de que los ciudadanos no hayan podido emitir su voto en razón de que una mesa no se haya podido instalar, es importante que el ciudadano solicite, a partir del día de mañana, ya podrían solicitar esta dispensa, porque no es un tema atribuible a los ciudadanos, sino es efectivamente porque no se pudo”, indicó.

Alcances de la norma y disposiciones oficiales

En esa misma línea, Campos informó que los ciudadanos pueden realizar este procedimiento de forma virtual a través de la página oficial del JNE o de manera presencial en las oficinas de la institución.

“Lo pueden hacer de modo presencial o a través de la plataforma virtual que el Jurado Nacional de Elecciones pone a disposición. Presencialmente lo pueden hacer a través de las mesas de parte del Jurado Nacional de Elecciones o en las oficinas descentralizadas que tiene el Jurado Nacional a nivel nacional”, informó.

Para realizar este procedimiento, los ciudadanos deberán adjuntar su DNI y especificar el motivo por el cual no ha logrado sufragar, información que posteriormente será corroborado con la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

Declaraciones y posturas de los involucrados

 “Ese es el procedimiento que tiene que seguir el ciudadano a efecto de poder ser dispensado de la multa correspondiente”, indicó.

¿Qué pasa con los miembros de mesa?

En el caso de los miembros de mesa, el funcionario del JNE señaló que estos sí serán multados con S/275 por no ejercer sus funciones. Además, deberán pagar S/110 más por no sufragar.

Asignación presupuestal y recursos autorizados

Asignación presupuestal y recursos autorizados

“El ciudadano será acreedor de una multa por la no instalación. Recordemos que son nueve los ciudadanos sorteados para ejercer el cargo de miembro de mesa: tres titulares y seis suplentes, los cuales tienen que acudir a registrar su asistencia. Si no lo hacen, van a ser multados con una multa ascendente a los 275 soles, que es la que es el 5% de la de la UIT. […] Es la multa correspondiente por omisión al sufragio y la multa correspondiente por la no instalación de su mesa de sufragio”, indicó.

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Este reporte fue elaborado por la redacción de PeruAlDia mediante curaduría y síntesis periodística asistida, con información reportada originalmente por RPP Noticias .

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