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Graciela Chipana trató de evitar juicio por discriminación a menor: ¿Por qué el Poder Judicial rechazó recurso de diputada de JP?

La Diputada de Juntos Por el Perú (JP), Graciela Chicana, es acusada por haber ejercido discriminación agravada contra un menor con habilidades especiales, cuando se desempeñaba co...

Por Redacción PeruAlDia•martes, 13 de octubre de 2026, 10:20 a. m.•5 min de lectura
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Graciela Chipana trató de evitar juicio por discriminación a menor: ¿Por qué el Poder Judicial rechazó recurso de diputada de JP?
Fotografía capturada por El Comercio.
En Síntesis • Lo que debes saber
  • Caso Árbitros-Odebrecht: audiencia de control de acusación contra Humberto Abanto y otros se reanudará el 9 de noviembreJuntos por el Perú impulsa propuestas que figuran en acuerdo firmado con el Fenatep, grupo vinculado al MovadefLa diputada de Juntos por el Perú (JP) Graciela Chipana trató de evitar el juicio en su contra por el presunto delito de discriminación agravada e incitación a la discriminación, en agravio de un menor de tres años con trastorno del espectro autista (TEA).
  • La profesora, representante parlamentaria por Moquegua, afronta un juicio oral donde se le acusa por haber dado un trato discriminatorio al menor en el 2025, a quien no quiso aceptar en su salón de clases debido a su condición.

Caso Árbitros-Odebrecht: audiencia de control de acusación contra Humberto Abanto y otros se reanudará el 9 de noviembreJuntos por el Perú impulsa propuestas que figuran en acuerdo firmado con el Fenatep, grupo vinculado al MovadefLa diputada de Juntos por el Perú (JP) Graciela Chipana trató de evitar el juicio en su contra por el presunto delito de discriminación agravada e incitación a la discriminación, en agravio de un menor de tres años con trastorno del espectro autista (TEA).

La profesora, representante parlamentaria por Moquegua, afronta un juicio oral donde se le acusa por haber dado un trato discriminatorio al menor en el 2025, a quien no quiso aceptar en su salón de clases debido a su condición.Actualmente, Chipana se desempeña como integrante titular de la Comisión de Constitución de la cámara de diputados del Congreso.

A través de un recurso de “excepción de improcedencia de acción”, Chipana Condori y su defensa legal postularon ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Moquegua que los hechos atribuidos nos constituían el delito por el cual fue acusada.

Investigaciones en curso y medidas legales

Investigaciones en curso y medidas legales

Esto, de acuerdo a los documentos judiciales a los que accedió El Comercio.El recurso y pedido solicitado por la ahora diputada de Juntos por el Perú lo presentó durante el control de acusación con la finalidad de que el caso sea archivado antes de pasar a juicio oral.Sin embargo, la judicatura rechazó la solicitud de la Chipana Condori, señalando que la acusada no había negado los hechos imputados en su contra.El Ministerio Público ha solicitado 2 años y 4 meses de pena privativa de libertad en su contra, el mismo plazo de inhabilitación para asumir “función, cargo o comisión que ejercía el condenado, aunque provenga de elección popular” y S/2,000 como reparación civil a favor de la víctima.El hecho, dado a conocer también por Cuarto Poder, indica que la entonces profesora Chipana Condori habría exigido a los padres del menor la contratación de una maestra “sombra” para que asista al niño durante las clases.De acuerdo a documentos del caso, la defensa legal de la ahora diputada de Juntos por el Perú Graciela Chipana sustentó su recurso de improcedencia de acción bajo la argumentación de que “los hechos no constituyen delito”.

Es decir, que habría existido ausencia de elementos del tipo penal para que se configure el delito de discriminación imputado en contra de la acusada.Para ello, se objetó que los hechos denunciados no habían adquirido la fuerza suficiente para ser delito, que no se había probado el delito, que no le correspondía a ella el otorgar una vacante y registrar la matrícula del menor, y sobre todo, porque no se había evidenciado una afectación psicológica al menor.

“ (…) Además, se debe advertir lo actuado en la Fiscalía Civil y Familia del distrito de Mariscal -Pericia Psicológica practicado al menor, en donde no se evidencia afectación psicológica, al igual que en la entrevista única-; siendo así no se le puede atribuir la comisión del hecho, sin tener medios de prueba; no se ha identificado a la persona de la institución educativa, que hizo la llamada para indicar que la maestra no lo quiere a su hijito, no le ha permitido que ingrese al aula, está llorando y se ha entrado a otra aula; no habiéndose corroborado los hechos imputados;

Declaraciones y posturas de los involucrados

por esos argumentos se debe declarar fundado su medio de defensa planteado”, sustentó la defensa de Chipana Condori.La fiscalía objetó dichos alegatos, indicando que la pericia psicológica “no es completa” debido a que “el menor no se puede comunicar” por la condición que mantiene.

Además, señaló que “el hecho imputado ha sido consumado”, por lo que requirió que se rechace el recurso de la ahora legisladora.Ante ello, el juzgado analizó el recurso y precisó que el delito de que discriminación agravada se encontraba tipificado y que además, la acusada no había negado los hechos por los cuáles era acusada.“No se tiene una negación de la conducta realizada, así queda claro en la postura planteada por la defensa formal del imputado”, indicó el juzgado. No obstante, precisó que la comisión del delito era un aspecto que debía determinarse en el juicio oral.

En esa línea, indicó que la defensa formal del acusada, pretendía que se haga una valoración de los medios de prueba cuando ello correspondía a la etapa de juzgamiento. Por ello, señaló que durante la investigación, se había cumplido con los elementos necesarios para configurar el delito imputado y por ello rechazó el recurso de excepción de improcedencia de acción. “Declarar infundada la excepción de improcedencia de acción interpuesto por la defensa formal de Graciela Chipana Condori”, decretó la judicatura.

Medidas adoptadas y próximos pasos

Con ello, dio pase al juicio oral que actualmente viene afrontando la Diputada de Juntos por el Perú. De acuerdo al auto de enjuiciamiento, los hechos habrían ocurrido entre el 15 y 16 de abril del 2025, cuando Graciela Chipana Condori se desempeñaba como profesora del aula de inicial de 3 años-Campeones, de la Institución Educativa Inicial San Antonio de Padua, en Moquegua.

Así, el día 15 de abril del 2025, en horas de la mañana, en las instalaciones de la citada institución educativa, la ahora diputada de Juntos por el Perú se habría referido a un menor de 3 años “en forma despectiva”, calificándolo como “este tipo de niño” y le negó el ingreso al aula de inicial de 3 años.

Al día siguiente, 16 de abril del 2025, una vez más le negó el ingreso al aula de inicial de 3 años y exigió a los progenitores la contratación de una maestra “sombra” para que asista a sus clases, al menor agraviado.Ello, señala la acusación contenida en el auto de enjuiciamiento, basado únicamente en su condición de salud al tener diagnóstico de autismo, lo que constituirían actos discriminatorios.

“A consecuencia, de estos actos de discriminación (distinción), el agraviado fue tratado de forma distinta cuando iba a iniciar sus clases en el aula inicial 03 años – Campeones, y a fin de resguardar su estado de salud emocional sus progenitores tuvieron que realizar su traslado a otra institución educativa”, se señala.

Este miércoles 14 de octubre, a partir de las 11 de la mañana, el Juzgado Unipersonal de Moquegua, continuará con las sesiones del juicio en contra Chipana Condori.En declaraciones a El Comercio, José Domingo Pérez, abogado de la diputada Graciela Chipana, negó los hechos imputados en contra de su patrocinada y aseguró que el juicio oral ha demostrado que no hubo un trato diferencial contra un menor. De acuerdo a su versión, los hechos se vinculan a dos escenarios sucedidos entre los días 15 y 16 de abril del 2025.

Sobre los hechos ocurridos el 15 de abril, aseguró que en la audiencia de juicio oral, el padre del menor reconoció que su hijo pudo integrarse al aula de clases por lo que no hubo impedimento para su ingreso. Y, sobre el 16 de abril del 2025, alegó que “no es correcto que la profesora haya negado el ingreso al menor, no es verdad”. Indicó que su patrocinada ha negado dicha afirmación y sostuvo que los padres del menor no denunciaron este hecho.

Alegó que existen “inconsistencias” en lo que alegó la auxiliar y además, sostuvo que la directora de la institución tampoco se ha presentado al juicio. Finalmente, indicó que han presentado pruebas ante el juzgado sobre la falta de credibilidad de la citada auxiliar.

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Este reporte fue elaborado por la redacción de PeruAlDia mediante curaduría y síntesis periodística asistida, con información reportada originalmente por El Comercio .

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