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ERM 2026: ¿qué es el recuento de votos y cómo se realiza?

El recuento de votos es un procedimiento mediante el cual los Jurados Electorales Especiales (JEE) vuelven a contar las cédulas de sufragio para resolver determinados casos de acta...

Por Redacción PeruAlDia•martes, 13 de octubre de 2026, 07:30 p. m.•4 min de lectura
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ERM 2026: ¿qué es el recuento de votos y cómo se realiza?
Fotografía capturada por El Peruano.
En Síntesis • Lo que debes saber
  • El recuento de votos es un procedimiento mediante el cual los Jurados Electorales Especiales (JEE) vuelven a contar las cédulas de sufragio para resolver determinados casos de actas observadas en las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2026, informó el JNE.
  • Este mecanismo busca verificar los votos emitidos y evitar que los errores en las actas electorales provoquen la anulación injustificada de una mesa de sufragio o afecten la votación obtenida por una organización política o un candidato.

El recuento de votos es un procedimiento mediante el cual los Jurados Electorales Especiales (JEE) vuelven a contar las cédulas de sufragio para resolver determinados casos de actas observadas en las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2026, informó el JNE.

Este mecanismo busca verificar los votos emitidos y evitar que los errores en las actas electorales provoquen la anulación injustificada de una mesa de sufragio o afecten la votación obtenida por una organización política o un candidato.

Según la información difundida por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el procedimiento se realiza en una audiencia pública y utiliza las cédulas de sufragio conservadas en sobres lacrados remitidos por la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE).

Alcances de la norma y disposiciones oficiales

Alcances de la norma y disposiciones oficiales

- Información incompleta o ilegible: cuando faltan datos o firmas, o el contenido del acta no puede leerse y la información no puede completarse mediante el cotejo.

- Inconsistencias en las cifras: cuando la suma de votos registrados (incluidos los votos de un partido, blancos o nulos) supera el número de electores hábiles.

- Pérdida o siniestro de actas: cuando se extravían o sufren daños los ejemplares correspondientes a la ODPE, el JEE, la ONPE o el JNE, en los supuestos previstos por la normativa.

Medidas adoptadas y próximos pasos

¿Cómo se realiza el recuento de votos?

El procedimiento se desarrolla durante una audiencia pública, bajo la conducción del presidente del JEE . Estas son sus principales etapas:

1. Apertura del sobre lacrado: el presidente abre el sobre que contiene las cédulas de sufragio.

2. Revisión de cada voto: las cédulas se muestran a los asistentes, una por una, mediante medios tecnológicos, y el presidente lee en voz alta su contenido.

3. Verificación de los miembros del JEE: el segundo y el tercer miembro confirman, individualmente, el contenido de cada cédula.

4. Registro de los resultados: al concluir el conteo, se elabora el acta con los resultados obtenidos.

El acta es firmada por los integrantes del JEE y el secretario. También pueden firmarla el representante del Ministerio Público y los personeros de las organizaciones políticas que deseen hacerlo.

¿Quiénes participan en el procedimiento?

La audiencia requiere la participación del pleno del JEE , integrado por su presidente y los otros dos miembros. También interviene el personal técnico encargado de apoyar el desarrollo del procedimiento.

De forma opcional, los personeros legales de las organizaciones políticas y los representantes del Ministerio Público pueden asistir. Asimismo, los personeros tienen derecho a examinar el contenido de las cédulas mediante los recursos tecnológicos utilizados durante la audiencia.

Cabe señalar que el recuento es público e ininterrumpido , por lo que cualquier ciudadano puede presenciarlo, a través de las plataformas del JNE.

Durante el procedimiento, los personeros no pueden impugnar las cédulas de sufragio ni cuestionar la identidad de los electores que emitieron los votos sometidos a recuento. Tampoco procede impugnar la decisión del JEE de realizar el recuento ni los resultados obtenidos mediante este mecanismo.

Según la plataforma del JNE para consultar el , a las 19:00 horas del 13 de octubre se registraban 720 actas enviadas a recuento de votos en todo el país . En ese sentido, los JEE deben continuar con la revisión de los casos asignados y resolver las controversias que correspondan antes de avanzar hacia la proclamación de las autoridades electas.

El **JNE** explica en qué casos los Jurados Electorales Especiales vuelven a contar las cédulas de sufragio

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Este reporte fue elaborado por la redacción de PeruAlDia mediante curaduría y síntesis periodística asistida, con información reportada originalmente por El Peruano .

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