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Actas procesadas, contabilizadas y observadas: ¿qué falta para conocer los resultados oficiales?

Las actas con errores o votos impugnados pasan a los jurados electorales antes de sumarse al cómputo. De su resolución depende saber qué regiones irán a segunda vuelta....

Por Redacción PeruAlDia•miércoles, 7 de octubre de 2026, 05:53 p. m.•5 min de lectura
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Actas procesadas, contabilizadas y observadas: ¿qué falta para conocer los resultados oficiales?
Fotografía capturada por RPP Noticias.
En Síntesis • Lo que debes saber
  • ## Las actas con errores o votos impugnados pasan a los jurados electorales antes de sumarse al cómputo.
  • ¿Cuándo se conocerán todos los resultados oficiales de las Elecciones Regionales y Municipales 2026.

Las actas con errores o votos impugnados pasan a los jurados electorales antes de sumarse al cómputo. De su resolución depende saber qué regiones irán a segunda vuelta.

¿Cuándo se conocerán todos los resultados oficiales de las Elecciones Regionales y Municipales 2026? La respuesta depende de un proceso que continúa después del cierre de mesas de sufragio.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha alcanzado procesar todas las actas electorales en varias regiones, provincias y distritos del país, sin embargo; eso no significa que cuente con todos los resultados contados al 100%.

Medidas adoptadas y próximos pasos

Medidas adoptadas y próximos pasos

Lograr ese resultado final depende de un proceso con etapas establecidas dentro de la ley electoral. En esta nota lo explicamos.

Todo empieza en el acta electoral: procesadas y por procesar

Cada mesa genera un acta electoral. En ella se registran los votos obtenidos por cada candidato, además de los votos en blanco y nulos.

Esa acta es trasladada a la Oficina Descentralizada de Procesos Electores correspondiente. Cuando es recibida e ingresada al sistema, pasa a ser un acta procesada.

Todas aquellas actas que todavía no han ingresado figuran como actas por procesar.

Declaraciones y posturas de los involucrados

Acta procesada no es lo mismo que contabilizada

Posteriormente un acta que ha sido procesada no necesariamente ha sido contabilizada. Para que lo sea, además de pasar la revisión correspondiente, la suma de los votos de esa acta debe incorporarse al cómputo oficial.

“Un acta contabilizada quiere decir, por ejemplo, que en mesa se hizo el escrutinio, no hubo ningún problema, todo estuvo correcto, pasaron por la revisión y fueron contabilizadas ya en el centro de cómputo. Esos votos ya son fijos, no se mueven, no pueden ser modificados de ninguna manera porque ya fueron ingresados al sistema, se contabilizan”. señaló el exjefe de la ONPE Fernando Tuesta.

Si durante la revisión del acta se evidencia un problema, esta pasa a la categoría de observada. Yéssica Clavijo, secretaria general del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), detalló qué errores corresponden ser observados:

“Por alguna situación generada en mesa, se pudo haber configurado un error aritmético, un error material, quizás hay algunas actas que están incompletas, que les faltan algunas firmas, quizás hay alguna ilegibilidad, lo cual no permite que se pueda ingresar adecuadamente la información al sistema de cómputo y estas actas son denominadas actas observadas. Y la controversia tiene que ser resuelta por los Jurados Electorales Especiales (JEE)”, precisó.

Las actas observadas pasan a manos de los Jurados Electorales Especiales (JEE). Este cotejo es necesario, el sistema electoral evita de esta forma que se contabilicen actas con errores, de allí su importancia.

Alexandra Marallano, exsecretaria general del JNE, explica que un JEE compara su ejemplar del acta con el que le hace llegar la Oficinas Descentralizada de ONPE que detectó un problema: “Una vez que resuelve la controversia va a emitir una resolución que va a ser sumamente importante, porque ahí vamos a poder despejar esa duda que se tiene, y una vez que ya quede firme, el acta retorna a la ONPE y recién los votos van a ser ingresados al cómputo general”.

Marallano recordó que sólo en algunos casos es necesario recurrir a un recuento de votos, un mecanismo legal que comenzó a aplicarse en las Elecciones Generales de 2026, que consiste en volver a contar las cédulas de una mesa, una por una, para salvaguardar el voto del elector a pedido del Jurado Electoral Especial. A diferencia del simple cotejo de actas, este procedimiento accede directamente a las cédulas físicas y se realiza obligatoriamente en una audiencia pública, con la presencia del Ministerio Público y de los personeros de las organizaciones políticas .

También existen actas con votos impugnados. Esto ocurre cuando, durante el conteo en la mesa, los personeros de los partidos políticos cuestionan la validez de uno o más votos. En esos casos, el pleno del JNE debe resolver si los valida o no antes de que se defina el cómputo final.

El proceso todavía continúa. Para las elecciones regionales, la ONPE tiene hasta el 11 de octubre para entregar las actas observadas a los Jurados Electorales Especiales. Y hasta el 28 de octubre podrán realizarse las audiencias de recuento de votos que correspondan. Recién después de resolver estas actas podrá definirse en qué regiones habrá segunda vuelta. Esa elección está prevista para el 29 de noviembre.

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Este reporte fue elaborado por la redacción de PeruAlDia mediante curaduría y síntesis periodística asistida, con información reportada originalmente por RPP Noticias .

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