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Ministerio de Economía y Finanzas transfiere S/ 110 millones a la Reserva de Contingencia

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó una transferencia de 110 millones 169,048 soles a favor de la Reserva de Contingencia, con cargo a los recursos del presupuesto...

Por Redacción PeruAlDia•miércoles, 7 de octubre de 2026, 07:29 a. m.•2 min de lectura
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Ministerio de Economía y Finanzas transfiere S/ 110 millones a la Reserva de Contingencia
Fotografía capturada por El Peruano.
En Síntesis • Lo que debes saber
  • El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó una transferencia de 110 millones 169,048 soles a favor de la Reserva de Contingencia, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y municipalidades.
  • Mediante , publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se aprobó dicha transferencia de partidas en el marco de la Décima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 (Ley N° 32513).

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó una transferencia de 110 millones 169,048 soles a favor de la Reserva de Contingencia, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y municipalidades.

Mediante , publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se aprobó dicha transferencia de partidas en el marco de la Décima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 (Ley N° 32513).

Asignación presupuestal y recursos autorizados

La norma señala que el detalle de los pliegos y los recursos asociados se encuentra en el anexo “ Transferencia de partidas de diversos pliegos del Gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, a favor de la Reserva de Contingencia - Recursos Ordinarios”, el cual se publica en la sede digital del MEF (www.gob.pe/mef).

Los titulares de los pliegos habilitadores en la transferencia de partidas aprueban la desagregación de los recursos autorizados dentro de los cinco días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.

En los considerandos de la norma se recuerda que la Décima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 , autoriza al MEF a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos del presupuesto de las entidades del Gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales.

Además, el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440 establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del MEF , destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos.

Recursos provienen del presupuesto de diversos pliegos del Gobierno nacional, gobiernos regionales y municipios

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Este reporte fue elaborado por la redacción de PeruAlDia mediante curaduría y síntesis periodística asistida, con información reportada originalmente por El Peruano .

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