Minedu restringe el uso de celulares durante jornada escolar del nivel inicial
Durante la jornada escolar en las instituciones y programas educativos públicos y privados del nivel de educación inicial estará restringido el uso personal, recreativo o de caráct...
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- Durante la jornada escolar en las instituciones y programas educativos públicos y privados del nivel de educación inicial estará restringido el uso personal, recreativo o de carácter no pedagógico de teléfonos celulares por parte de los niños, de acuerdo con una norma promulgada por el Ministerio de Educación (Minedu).
- Así lo establece la , publicada en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Durante la jornada escolar en las instituciones y programas educativos públicos y privados del nivel de educación inicial estará restringido el uso personal, recreativo o de carácter no pedagógico de teléfonos celulares por parte de los niños, de acuerdo con una norma promulgada por el Ministerio de Educación (Minedu).
Así lo establece la , publicada en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano .
La restricción comprende llamadas, mensajería, juegos, uso de redes sociales, reproducción de contenidos, toma de fotografías o videos y cualquier otra actividad que no responda a necesidades educativas específicas.
Alcances de la norma y disposiciones oficiales
Alcances de la norma y disposiciones oficiales
Uso pedagógico de dispositivos tecnológicos
Además, el Minedu establece que los dispositivos tecnológicos distintos al teléfono celular se utilizan de manera excepcional como recursos pedagógicos cuando exista una intención educativa clara, previamente planificada y acorde con las características y necesidades del nivel de educación inicial .
Además, se dispone que la utilización de teléfonos celulares en las instituciones y programas educativos públicos y privados del nivel de educación inicial puede autorizarse de manera excepcional cuando resulte necesaria para atender necesidades educativas específicas, barreras para el aprendizaje, necesidades vinculadas con la salud, condiciones de discapacidad u otras circunstancias debidamente sustentadas, conforme a la normativa vigente y bajo la supervisión del personal educativo correspondiente.
Segun la resolución, se establece que las instituciones y programas educativos públicos y privados del nivel de educación inicial promuevan entre las familias prácticas de uso responsable, saludable y equilibrado de dispositivos tecnológicos , fomentando espacios libres de pantallas, la interacción familiar, el juego, la actividad física, la lectura, la comunicación y otras actividades acordes con el desarrollo integral de los niños.
El Minedu dispuso que las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, las Unidades de Gestión Educativa Local, así como las instituciones y programas educativos públicos y privados del nivel de educación inicial , implementen las disposiciones establecidas en la presente Resolución, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Como se sabe, el Gobierno estableció, a través del Decreto Supremo Nº 018-2026-MINEDU , el Reglamento de la Ley Nº 32385, Ley que regula el uso de teléfonos celulares en todas las instituciones y programas educativos de la educación básica, el cual desarrolla disposiciones para su .
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Este reporte fue elaborado por la redacción de PeruAlDia mediante curaduría y síntesis periodística asistida, con información reportada originalmente por El Peruano .