Gobierno prorroga estado de emergencia en distritos de Huancavelica y Junín
El Gobierno prorrogó el estado de emergencia, por el plazo de 60 días calendario, en algunos distritos de las provincias de Huancavelica y Tayacaja (Huancavelica) y las provincias...
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- El Gobierno prorrogó el estado de emergencia, por el plazo de 60 días calendario, en algunos distritos de las provincias de Huancavelica y Tayacaja (Huancavelica) y las provincias de Chupaca, Concepción y Huancayo (Junín), por impacto de daños a consecuencia de movimientos sísmicos acontecidos del 18 de julio al 7 de agosto de 2026.
- Así lo establece el , publicado en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
El Gobierno prorrogó el estado de emergencia, por el plazo de 60 días calendario, en algunos distritos de las provincias de Huancavelica y Tayacaja (Huancavelica) y las provincias de Chupaca, Concepción y Huancayo (Junín), por impacto de daños a consecuencia de movimientos sísmicos acontecidos del 18 de julio al 7 de agosto de 2026.
Así lo establece el , publicado en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano .
Los distritos comprendidos en la prórroga del estado de emergencia por impacto de daños a consecuencia de movimientos sísmicos son:
Medidas adoptadas y próximos pasos
Medidas adoptadas y próximos pasos
Huancavelica : distritos Acobambilla, Manta y Vilca (provincia de Huancavelica); y el distrito Pazos (provincia de Tayacaja)
Junín : distritos de Chupaca, San Juan de Jarpa y Yanacancha (provincia Chupaca), distrito Chambara (proivincia Concepción), distritos de Carhuacallanga, Colca, Chacapampa, Chicche, Chongos Alto, Cullhuas, Huancan, Huasicancha, y Pilcomayo (Huancayo).
Según el dispositivo, esta declaratoria permitirá a partir del 13 de octubre la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias , de respuesta y rehabilitación que correspondan.
En tal sentido, los gobiernos regionales de Huancavelica y Junín y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), la participación de los ministerios involucrados y demás instituciones públicas y privadas involucradas, ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.
Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.
Por daños a consecuencia de sismos
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Este reporte fue elaborado por la redacción de PeruAlDia mediante curaduría y síntesis periodística asistida, con información reportada originalmente por El Peruano .

