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Nadie tiene derecho a discriminar a otro ciudadano por su voto

La discriminación es un delito que la ley peruana sanciona con hasta tres años de prisión....

Por Redacción PeruAlDia•miércoles, 7 de octubre de 2026, 01:02 a. m.•3 min de lectura
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Nadie tiene derecho a discriminar a otro ciudadano por su voto
Fotografía capturada por La República.
En Síntesis • Lo que debes saber
  • El voto es el acto más soberano de un ciudadano en democracia.
  • Una democracia que respeta ese principio reconoce que el resultado electoral, cualquiera que sea, expresa una voluntad legítima que merece ser escuchada y respondida con contraofertas, antes que ser invalidada por quienes no obtuvieron el resultado que esperaban.

El voto es el acto más soberano de un ciudadano en democracia. No obstante, como siempre hay ganadores y perdedores, el debate posterior es siempre saludable porque debería llevar a generar nuevas propuestas y a generar los canales institucionales necesarios para que la falta de consenso pueda canalizarse sin violencia. Por eso mismo, la descalificación del voto no debería ser admisible.

Una democracia que respeta ese principio reconoce que el resultado electoral, cualquiera que sea, expresa una voluntad legítima que merece ser escuchada y respondida con contraofertas, antes que ser invalidada por quienes no obtuvieron el resultado que esperaban.

Alcances de la norma y disposiciones oficiales

El día de ayer, un exalcalde que ha estado vinculado a varias organizaciones políticas, entre ellas Renovación Popular, Rafael Santos, afirmó que los ciudadanos del Cusco “no han podido pensar de manera coherente” debido a la menor cantidad de oxígeno en esa región andina y que “la falta de oxígeno hace que muchos piensen de manera obtusa.” Ambas declaraciones apuntan en la misma dirección: descalificar la decisión electoral de una región entera en lugar de revisar las propias propuestas.

Ante los flagrantes actos de violencia verbal, el Colegio de Abogados del Cusco presentó una denuncia penal contra Santos por discriminación agravada y la diputada Ruth Luque anunció una segunda. Al respecto, vale recordar que el artículo 323 del Código Penal sanciona la discriminación con hasta tres años de prisión, con agravante cuando se comete a través de medios de comunicación.

Medidas adoptadas y próximos pasos

Por ello, este diario recuerda que el Ministerio Público tiene la responsabilidad de investigar estas declaraciones con la misma diligencia con que el ordenamiento jurídico protege el derecho a la no discriminación de todos los ciudadanos. Como entidad del Estado, es la principal responsable.

Este diario recuerda que quienes descalifican el voto de las regiones, aunque lo quieran negar, reproducen una actitud que estanca al país en el subdesarrollo porque impide incorporar las demandas legítimas de representación de sectores históricamente excluidos en el proyecto nacional y, así, avanzar a una sociedad moderna. Los cusqueños, como cualquier otro peruano de la costa, sierra o selva, merecen que quienes aspiran a representarlos escuchen sus demandas y, sobre todo, que otros compatriotas respeten su decisión como ellos también merecen que se respete la suya.

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Este reporte fue elaborado por la redacción de PeruAlDia mediante curaduría y síntesis periodística asistida, con información reportada originalmente por La República .

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