DÓLAR:S/ 3.75
Lima 21°C
P
PeruAlDiaNoticias del Perú
Canal
VIVO
Tendencias Hoy:
Último Minuto
1/5

Lima y el Palais Concert de la política, por Pedro Grández Castro

Según el constitucionalista, la reciente elección en Lima muestra un desafío a la Constitución, particularmente en la reelección de alcaldes, ante la inacción del Jurado Nacional d...

Por Redacción PeruAlDia•domingo, 27 de setiembre de 2026, 10:10 p. m.•5 min de lectura
0 vistas
Narración de Voz Completa

Escucha la noticia completa con voz natural

Lima y el Palais Concert de la política, por Pedro Grández Castro
Fotografía capturada por La República.
En Síntesis • Lo que debes saber
  • ## Según el constitucionalista, la reciente elección en Lima muestra un desafío a la Constitución, particularmente en la reelección de alcaldes, ante la inacción del Jurado Nacional de Elecciones y el abuso de la ley por parte de candidatos.
  • Se atribuye a Abraham Valdelomar aquella frase célebre según la cual el Perú es Lima, Lima es el jirón de la Unión, el jirón de la Unión es el Palais Concert y el Palais Concert , decía, era él.

Según el constitucionalista, la reciente elección en Lima muestra un desafío a la Constitución, particularmente en la reelección de alcaldes, ante la inacción del **Jurado Nacional de Elecciones** y el abuso de la ley por parte de candidatos.

Se atribuye a Abraham Valdelomar aquella frase célebre según la cual el Perú es Lima, Lima es el jirón de la Unión, el jirón de la Unión es el Palais Concert y el Palais Concert , decía, era él. Sin duda, era una frase para la bohemia de aquellos años, aunque, en una de sus posibles interpretaciones, expresa también el agobiante centralismo que ha marcado la historia de la República. Lima ha cambiado mucho desde entonces.

Aunque Lima nunca fue el Perú ni el Perú nunca será Lima, es verdad que en Lima ha existido por mucho tiempo un Palais Concert de la política que se encarna en un grupo pequeño de personas que toman decisiones a su antojo, ganen o no las elecciones.

Alcances de la norma y disposiciones oficiales

Alcances de la norma y disposiciones oficiales

Hoy, el Palais Concert de la política registra sus peores episodios en una ciudad aterrada por las extorsiones y atrapada en un tráfico sin ley, donde lo único que fluye sin interrupciones son las malas noticias. La Ciudad de los Reyes —como la huachafería de todos los tiempos gusta llamarla— ya ni siquiera distingue las estaciones del año, afectada por el cambio climático. Y en esta continuidad de un verano sin fin, languidecen la ley y la Constitución, igual que en el resto del país. En eso sí, ahora como antes, el Perú es, en efecto, Lima, sobre todo la Lima de estos días.

En Lima, las elecciones de estos tiempos son también como en el Perú, o, mejor dicho, las elecciones del Perú han terminado pareciéndose a las de Lima. Ahora, en cada provincia, los candidatos no solo tienen su propia emisora radial y su set de televisión, también su propio periodista que los entrevista e incluso su propia encuestadora que proclama al ganador con bastante antelación. Pero en estas elecciones, en Lima hay algo más grave. La Constitución misma se ha puesto a prueba.

No exagero. Frente a una cadena interminable de abusos y corrupción en los gobiernos municipales, en marzo de 2015 se aprobó la Ley 30305, que reformó el artículo 194 de la Constitución para prohibir la reelección inmediata de los alcaldes. El texto no deja espacio a las dudas: “No hay reelección inmediata para los alcaldes”.

El Tribunal Constitucional, en una sentencia que ratificó la constitucionalidad de la reforma, sostuvo que se trata de una limitación bastante frecuente en el derecho comparado, concluyendo que “ni la República, ni la descentralización, ni la separación de poderes dependen de que se reelija inmediatamente o no a determinados funcionarios públicos como los alcaldes” (Exp. 00018-2019-PI/TC).

“In claris non fit interpretatio” , dice un viejo adagio de los abogados. Cuando la ley es clara, no hay necesidad de interpretarla. Es verdad que aquel brocardo escondía una cierta ideología sobre la interpretación, la del juez que se limita a repetir mecánicamente la ley. Pero conviene recordarlo porque defender la Constitución, en este punto, no exige grandes esfuerzos interpretativos. Lo que sí demanda, como ocurre con toda norma, es un mínimo de sentido común y compromiso con el orden constitucional.

La Constitución no protege la trapacería, ¿el **JNE** sí?

Es lo que esperábamos del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), pero la máxima instancia electoral ha preferido enredarse en las cuestiones formales, los plazos y los reglamentos, sin afrontar el fondo de la cuestión. Y el fondo de esta cuestión era defender la Constitución. Frente al silencio de la autoridad, el propio candidato ha salido a los medios a explicar su particular interpretación de la Constitución. En una emisora de alcance nacional ha declarado: “Lo que dice la Constitución es, ‘prohibido candidatear […] a ser alcalde de Lima’” (RR. PP., sic).

No postula para alcalde, pero ejercerá como alcalde. Y ese es, precisamente, el fraude a la Constitución que se pretende consumar el próximo domingo. En el JNE, el magistrado Gunther Gonzales Barrón tuvo un voto disidente. Sostuvo que la prohibición constitucional alcanza a todos los mecanismos, directos o indirectos, que busquen burlarla, y advirtió del riesgo de convertir a los candidatos a alcalde en simples testaferros. “La Constitución no protege la trapacería”, se lee en uno de los extremos de su voto.

Medidas adoptadas y próximos pasos

Pero la trapacería ha pasado la valla del órgano que tenía la obligación de hacerle frente. El fraude a la Constitución está consumado formalmente. Las autoridades electorales han permitido que quien tiene prohibida la reelección haga campaña abierta a favor de su reelección; incluso han organizado un “debate electoral” para que los candidatos a la alcaldía presenten su propuesta. También las encuestadoras y los noticieros presentan a López Aliaga como candidato a la alcaldía. Todos han olvidado que, como él mismo afirma, solo postula para teniente alcalde.

Medidas adoptadas y próximos pasos

Si la máxima autoridad electoral promueve la violación de la Constitución, ¿qué les podemos pedir a los demás?

El derecho al sufragio como defensa de la Constitución

Aunque para que el fraude a la Constitución sea irreversible hace falta algo más. Hace falta que la ciudadanía también pase por encima de la Constitución este domingo. Hace falta que olvidemos que el primer derecho que la Constitución nos garantiza para reafirmar nuestra autonomía moral y política es el sufragio, precisamente. Hace falta, en suma, que a la mayoría de quienes residen en Lima les resulte irrelevante el Estado de Derecho y el imperio de la ley.

Si la ciudad capital del país termina reeligiendo a su alcalde contra la prohibición constitucional, solo quedan dos explicaciones posibles. O aceptamos que el voto del domingo funcionará como un referéndum que habrá derogado el artículo 194 de la Constitución, y con ello abrimos también el camino para sustituir la Constitución, pese a que, hasta hace poco, esta era la pesadilla de un sector de la política nacional; o reconocemos que la Constitución está siendo violada de manera sistemática sin que haya autoridad que la proteja y sin que a nadie le cause mayor alarma.

Ninguna de estas dos alternativas debería dejarnos tranquilos si aún nos interesa vivir bajo la protección de una Constitución a la que también la ciudadanía debiera defender.

¿Quieres recibir las noticias antes que nadie?

Únete a nuestro Canal de WhatsApp y recibe alertas del Perú al instante.

Unirme al Canal
Transparencia Editorial & Atribución de Fuentes

Este reporte fue elaborado por la redacción de PeruAlDia mediante curaduría y síntesis periodística asistida, con información reportada originalmente por La República .

Temas:#actualidad#Perú#La República#Noticias Perú

Más noticias sobre Actualidad

Lima y el Palais Concert de la política, por Pedro Grández Castro | PeruAlDia