Kim Kardashian puede pagar por ser madre, pero hay algo que el dinero no puede resolver
Entre contratos millonarios, asimetrías de poder y vacíos legales, la maternidad subrogada de las celebridades expone la delgada línea entre el deseo, el dinero y los derechos....
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- Casos tan sonados como el de la creadora y protagonista de Girls, Lena Dunham —cuyo proceso de maternidad ha reabierto un intenso debate dentro del propio movimiento feminista—, la exposición que Kim Kardashian ha instalado en la cultura pop a través de sus realities, o los recientes reportes en torno a la maternidad de Lady Gaga han vuelto a situar esta práctica en el centro de la conversación pública.
Casos tan sonados como el de la creadora y protagonista de Girls, Lena Dunham —cuyo proceso de maternidad ha reabierto un intenso debate dentro del propio movimiento feminista—, la exposición que Kim Kardashian ha instalado en la cultura pop a través de sus realities, o los recientes reportes en torno a la maternidad de Lady Gaga han vuelto a situar esta práctica en el centro de la conversación pública.Más allá de la anécdota de alfombra roja, estas historias hacen visible una alternativa reproductiva cada vez más normalizada para quienes no pueden o no desean llevar un embarazo.
De acuerdo con Cleveland Clinic, en la gestación subrogada, la mujer gestante lleva el embarazo después de que un embrión creado mediante fecundación in vitro sea transferido a su útero, sin aportar el óvulo y, por tanto, sin vínculo genético con el bebé.Pero detrás de este procedimiento médico se mueve una maquinaria económica de gran escala. En Estados Unidos, por ejemplo, el costo puede alcanzar cifras de seis dígitos y variar ampliamente según la agencia, la atención médica, el seguro, los honorarios legales y la compensación de la gestante.
Medidas adoptadas y próximos pasos
Medidas adoptadas y próximos pasos
Según la organización Circle Surrogacy, su programa oscila entre los 100,000 y 140,000 dólares, de los cuales la mujer que pone su cuerpo, su salud y su tiempo recibe una compensación base inicial que suele rondar entre los 45,000 y 75,000 dólares.Así, entre contratos, diferencias económicas, autonomía corporal y marcos legales que varían de un país a otro, la gestación subrogada trasciende el escaparate de las celebridades. Y en el Perú, donde no existe una regulación específica que desarrolle esta práctica, abre además una pregunta difícil:
¿qué ocurre cuando el deseo de formar una familia se encuentra con el dinero, el cuerpo de otra persona y los límites de la ley?¿Qué hay detrás del deseo de recurrir a una gestación subrogada?No todas las historias parten del mismo lugar ni responden a un único impulso psicológico. Detrás de la decisión de recurrir a una gestante puede existir una combinación de motivos que va mucho más allá del deseo de ser padres.
Como explicó el psicólogo José Chávez, de Sanitas Consultorios Médicos a Somos, con frecuencia interviene una necesidad imperiosa de cerrar un duelo reproductivo—por infertilidad o pérdidas previas—ante un cuerpo que no pudo, no puede o no debe llevar un embarazo.A ello se suma otra dimensión: la construcción de la propia identidad. Para muchas personas, la parentalidad ocupa un lugar central dentro de su proyecto de vida y de la narrativa sobre quiénes son.También puede pesar ese anhelo de continuidad generacional y de dejar una huella biológica.
Declaraciones y posturas de los involucrados
Como apuntó la psicóloga Verónica Carrasco, “el vínculo genético suele tener un peso emocional profundo para muchas personas al representar identidad, pertenencia o el deseo de que el hijo comparta rasgos con los padres”. Sin embargo, tener un vínculo biológico no significa poder controlar quién será ese niño o cómo será su personalidad.Por otro lado, sería un error simplificar estas decisiones bajo prejuicios superficiales.
Como matizó Carrasco, aunque vivimos bajo la presión de mandatos sociales sobre la edad, el éxito o los ideales estéticos —un estigma que con frecuencia recae en figuras públicas como Kim Kardashian, a quien muchos juzgaron superficialmente sin atender a sus reales complicaciones médicas—, “cada historia es diferente y hay que escuchar cuáles son realmente sus razones”, evitando asumir que se recurre a esta vía por mera vanidad o prioridades profesionales.Cuando el dinero entra en juego:
poder, autonomía y posibles desigualdadesMientras en las portadas y redes sociales figuras como Lady Gaga o Lena Dunham naturalizan estos procesos, la gestación subrogada es, en la práctica, un proceso innegablemente reservado para quienes disponen de una alta capacidad económica. Sin embargo, reducirla a una simple transacción comercial también resulta incompleto. Como señaló la psicóloga Ana María Guerrero, de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya, el acceso a clínicas especializadas y asesoría legal no significa necesariamente que se esté “comprando” o apropiándose de un cuerpo.
La posibilidad económica también puede vivirse como una respuesta a un problema doloroso, aunque el marco ético está en reconocer “los límites de la embarazada, de su cuerpo y de su psiquismo”.Esta dimensión económica convive, sin embargo, con una posible asimetría de poder bastante controversial. José Chávez advirtió que, cuando existe una brecha económica marcada, la libertad de la gestante para negociar puede verse condicionada por su necesidad de mantener el contrato o recibir el pago.
Alcances de la norma y disposiciones oficiales
Es lo que la bioética denomina coerción estructural, es decir, cuando las circunstancias económicas reducen las alternativas reales de una persona.Desde la perspectiva legal, el abogado Jairo Cieza destacó que las relaciones contractuales no siempre parten de una posición de igualdad y que una eventual regulación debería prevenir situaciones abusivas y proteger la buena fe. Pero existe un límite que el contrato no puede borrar: “los derechos personalísimos como la vida, la salud o la integridad no son negociables”.
En esos casos, la autonomía privada debe ceder.La frontera entre compensación y mercantilización también depende de cómo se estructura el pago. Para Beatriz Franciskovic, docente de la carrera de Derecho de la Universidad Científica del Sur, no debería determinarse únicamente por el monto, sino por conceptos como los gastos médicos, el transporte o el lucro cesante.
Alcances de la norma y disposiciones oficiales
El riesgo aumenta si la compensación queda condicionada al resultado del embarazo, si se establece en función de cuánto puede pagar quien contrata o si la gestante negocia sin asesoría independiente o bajo una presión económica que limite su libertad real.¿Y qué pasa en Perú cuando la ley no tiene una respuesta clara?Aquello que en el escaparate de Hollywood se gestiona a través de agencias multimillonarias y contratos sin fisuras choca drásticamente con otra realidad:
en el Perú, la falta de una regulación específica convierte la gestación subrogada en un escenario donde la filiación, los derechos de las partes y el reconocimiento de los vínculos familiares terminan dependiendo de interpretaciones judiciales. El artículo 7 de la Ley General de Salud (Ley N.º 26842) permite recurrir a técnicas de reproducción asistida para tratar la infertilidad, pero establece que la condición de madre genética y madre gestante debe recaer sobre la misma persona.
De acuerdo con Franciskovic, la norma no regula expresamente la gestación subrogada tal como se practica cuando la mujer que lleva el embarazo no aporte el óvulo. De ahí surge una discusión jurídica clave: una interpretación considera que esa exigencia implica una prohibición para los casos en que madre genética y gestante sean distintas; otra sostiene que no puede extenderse por analogía una restricción que la norma no establece de manera expresa.El problema se vuelve especialmente visible al determinar quién debe figurar legalmente como madre.
En el sistema registral opera el criterio clásico de que la mujer que da a luz es inscrita como madre, mientras que la llamada voluntad procreacional —la decisión de asumir el proyecto parental mediante estas técnicas— no está reconocida de forma expresa en una norma específica. Por eso, distintos casos han terminado en los tribunales. “El 30 de junio de 2025, por ejemplo, el Tribunal Constitucional ordenó a la Reniec corregir las resoluciones administrativas y reconocer el parentesco de una madre de intención sin vínculo genético ni gestacional con una niña”, apuntó la abogada.
Sin embargo, al no existir una regulación general, cada familia queda a merced de la interpretación del juez en turno.Esta incertidumbre también explica por qué algunas familias buscan realizar el procedimiento en países donde existen reglas específicas. Como indicó Grecia Mattos, docente de la Facultad de Derecho de la USIL, Estados Unidos cuenta con jurisdicciones en las que la gestación subrogada está permitida bajo determinados marcos legales, aunque las condiciones varían según el estado. No obstante, el problema puede aparecer al regresar al Perú.
Cuando una familia llega con un certificado de nacimiento o una decisión judicial emitida en el extranjero, el reconocimiento de esa filiación no necesariamente es automático. Según Franciskovic, pueden surgir diferencias entre la filiación reconocida en el país donde se realizó el procedimiento y la que figura en los registros peruanos, haciendo necesario recurrir nuevamente a la vía judicial. Así, la dimensión económica vuelve a aparecer, pero esta vez ligada a la geografía:
quienes cuentan con mayores recursos pueden tener la posibilidad de desplazarse a otra jurisdicción para buscar un marco jurídico más definido. El resultado es una paradoja: una misma decisión reproductiva puede encontrar un camino legal más claro fuera del país, mientras que su reconocimiento en el Perú continúa dependiendo de un marco limitado y de soluciones construidas caso por caso.¿Qué debería proteger una futura regulación?El debate para el Perú no pasa únicamente por decidir si la gestación subrogada debe permitirse o prohibirse.
La pregunta más compleja es qué condiciones deberían existir para proteger, al mismo tiempo, a la gestante, el niño y a quienes desean convertirse en padres. Para la abogada Beatriz Franciskovic, una eventual regulación debería empezar por evitar que la filiación se convierta en un problema después del nacimiento. Entre las medidas que propone está registrar desde el inicio del proceso quién es la gestante, quiénes son los padres de intención, qué técnica se utilizará y, cuando corresponda, quién aportó el material genético.
A ello deberían sumarse un consentimiento informado como proceso continuo y revocable, asesoría médica y legal independiente para la gestante y reglas claras sobre la compensación, evitando que esta quede condicionada al resultado del embarazo.Pero detrás de estas garantías permanece una pregunta más profunda sobre los límites del poder:
¿hasta dónde llega el derecho de una persona a decidir cómo formar una familia cuando esa decisión involucra el cuerpo y la capacidad reproductiva de otra?Franciskovic resaltó que la autonomía reproductiva de quienes buscan formar una familia y la autonomía corporal de la gestante son derechos igualmente legítimos y que ninguno debería imponerse automáticamente sobre el otro. Por eso, advirtió que “el derecho a formar una familia no puede ejercerse a costa de que la libertad de la otra persona involucrada quede solo en el papel”.
En este sentido, el desafío jurídico no consiste solo en regular una técnica reproductiva, sino en establecer garantías que hagan que esa libertad sea real para todas las personas involucradas.
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Este reporte fue elaborado por la redacción de PeruAlDia mediante curaduría y síntesis periodística asistida, con información reportada originalmente por El Comercio .

