Exigían marcas de uniformes e inflaban intereses: Indecopi multa con S/105.270 a colegio privado en Amazonas
La institución sancionada tiene un plazo de 15 días hábiles para apelar la resolución. Actualmente, el caso está siendo revisado por la Sala Especializada en Protección al Consumid...
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Diversas infracciones detectadas durante una supervisión en Amazonas llevaron al Indecopi a sancionar, en primera instancia administrativa, con S/105.270 a la Empresa Educativa Grupo Horna S.A.C., que brinda servicios educativos en Chachapoyas. La multa, equivalente a 19,14 UIT, fue impuesta luego de que la entidad fiscalizadora identificara irregularidades en la prestación del servicio educativo.
Entre las conductas identificadas figuran cobros que no estaban permitidos, deficiencias en la información entregada a los padres de familia y el direccionamiento de compras de textos, útiles y uniformes hacia determinadas marcas o proveedores. La resolución también contempla medidas correctivas que el colegio deberá cumplir.
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La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de San Martín impuso 3.19 UIT por cada infracción acreditada. Entre ellas se encuentra la falta de información escrita sobre la fecha o momento de pago de la cuota de ingreso correspondiente al periodo lectivo 2024, además del cobro de conceptos extraordinarios vinculados con libros y uniformes.
El procedimiento también determinó irregularidades en la selección de textos escolares y en la exigencia de adquirir útiles y uniformes de una marca o proveedor específico. A ello se sumó el establecimiento de un interés moratorio que superaba el límite permitido por la normativa de protección al consumidor.
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Como parte de las medidas correctivas, el Indecopi ordenó a la institución informar de manera adecuada sobre la oportunidad de pago de la cuota de ingreso y retirar de sus contratos las condiciones que contravengan las normas vigentes. También deberá abstenerse de aplicar intereses moratorios por encima del límite legal.
La sanción corresponde a una decisión de primera instancia, por lo que la empresa educativa tiene la posibilidad de presentar un recurso de apelación dentro de los 15 días hábiles posteriores a su notificación. El eventual recurso será revisado por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi. La medida está contenida en la Resolución N.° 0187-2026/INDECOPI-SAM.
Este reporte fue elaborado por la redacción de PeruAlDia mediante curaduría y síntesis periodística asistida, con información reportada originalmente por La República .
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