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¿Cuándo podría un colegio expulsar a un alumno? Minedu abre la puerta a reformas para abordar casos de violencia grave

La nota abarca el tema de las reformas que el Ministerio de Educación buscaría analizar e impulsar para tener una mejor prevención y reacción antes casos de violencia escolar y bul...

Por Redacción PeruAlDia•lunes, 12 de octubre de 2026, 10:45 a. m.•5 min de lectura
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¿Cuándo podría un colegio expulsar a un alumno? Minedu abre la puerta a reformas para abordar casos de violencia grave
Fotografía capturada por El Comercio.
En Síntesis • Lo que debes saber
  • ¿Se prohíbe el uso de celulares en los colegios peruanos.
  • ¿Qué puede hacer el nuevo director frente a la crisis y qué cosas ya no dependen de él.

¿Se prohíbe el uso de celulares en los colegios peruanos? Esto dijo el MineduLiceo Naval Almirante Guise:

¿Qué puede hacer el nuevo director frente a la crisis y qué cosas ya no dependen de él?El caso de agresión sexual y bullying sucedido en el Liceo Naval Almirante Guise ha puesto en tela de juicio la actual normativa educativa en nuestro país en casos de violencia escolar, al punto que desde el Ministerio de Educación (Minedu) plantean hacer algunas reformas para tener mejor control sobre estos eventos como evaluar la expulsión de alumnos reincidentes en actos violentos o devolverle la autoridad a los docentes, pese a que las normas actuales comprenden el llamado “traslado de oficio” que, en los hechos, funciona como una expulsión.

.Desde que explotó el caso de la escuela que estuvo administrada por la Marina de Guerra del Perú (MGP) el tema de la violencia dentro de los colegios peruanos ha estado en debate y cuestionamiento, siendo inevitable que el Ministerio de Educación tome cartas en el asunto, por ejemplo, proponiendo la creación de la Oficina de Protección de la Comunidad Educativa (OPCE).En entrevista con El Comercio, el ministro José Antonio Chang reiteró que para devolverle autoridad a maestros y autoridades escolares es necesario revisar y modificar las normas vigentes, dando potestad a los directores de remover a alumnos en tanto se revisan los casos:

Asignación presupuestal y recursos autorizados

Asignación presupuestal y recursos autorizados

“el niño tiene que salir de la escuela y el ministerio tendrá 48 horas para revisar esa decisión y determinar separarlo definitivamente o regresarlo a la escuela”.Asimismo, durante su presentación en la Comisión Bicameral de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso, Chang expuso su visión de la violencia en los centros educativos:
“no podemos tener a un agresor al costado del agredido (...) esto no significa restringir el derecho de estudio al agresor, porque podría ir a un centro de educación básica alternativo o de manera remota”.En boca de padres y maestros se ha asegurado que la actual ley educativa no permite a los colegios que los estudiantes con historial violento sean expulsados, pero esto podría no ser del todo cierto.Jorge de Luise, presidente de la Asociación Educativa Convivencia en Escuela (AECE Formación), conversó con El Comercio, y señaló que “la ley ordenaba que el niño o adolescente, a pesar que la falta que haya cometido sea de violencia, no pierda su derecho a la educación.

Alcances de la norma y disposiciones oficiales

Eso se tomó como que no se podía expulsar a los chicos del colegio, que no se le podía interrumpir su proceso educativo porque era un derecho superior”.De Luise aseguró que la norma contempla el “traslado de oficio”, el cual ocurre cuando un alumno acumula una serie de faltas que son anotadas en un libro de incidencias del colegio que recoge las faltas leves, graves y muy graves: “el colegio de oficio puede hacer un traslado a otra institución educativa para que el niño no siga cometiendo esas faltas, tenga un espacio más adecuado para insertarse en el sistema educativo.

Alcances de la norma y disposiciones oficiales

Se hace el traslado hacia a un centro educación básica alternativa (CEBA) que brinde una educación mucho más personalizada, mucho más individual”.Luz Orellana, directora de PIRKA Consultoría, asegura que la brecha no es legal, dado que existen leyes anti-bullying, protocolos, lineamientos de la gestión de convivencia escolar (aprobados en 2025) que “regulan una serie de pasos para poder aplicar medidas correctivas frente a estas situaciones de violencia y cuando existan faltas graves.

Las normas permiten que haya un traslado, una expulsión del ámbito educativo en donde se ha producido la violencia, pero no del sistema educativo, pues el Estado no puede renunciar a su rol formativo”.De acuerdo a los “Lineamientos para la Gestión y Convivencia Escolar y la Atención de la Violencia contra niñas, niños y adolescentes”, que aplica tanto para instituciones educativas públicas y privadas, el traslado de oficio sucede como una “medida correctiva que solo debe ser utilizada como último recurso” habiéndose cometido faltas graves que pongan en peligro la salud, seguridad y la vida de los miembros de la “comunidad educativa”.Estos hechos comprenden los siguientes casos:

agresiones físicas graves o reiteradas que generen riesgo real a estudiantes o personal; amenazas, actos que pongan en peligro la vida; violencia continua pese a intervenciones previas, medidas pedagógicas, acompañamiento; que la permanencia del menor agresor no permita controlar un riesgo serio para la comunidad educativa.Estos lineamientos establecen que, en ninguno de los casos, la víctima debe ser trasladada hacia otro centro educativo, a no ser que la familia así lo disponga. Al respecto, Orellana nos comenta:

“Las normas son completas, pero en su aplicación no han mostrado la suficiente capacitación, ya sea el propio colegio, los directivos o los comités de gestión del bienestar. Han faltado las capacidades, las fortalezas para poder aplicarla de manera adecuada, porque la norma marca un camino para abordar esta problemática. En el caso del Liceo Naval no se activaron ninguno de estos parámetros”Para De Luise, en la norma actual, la expulsión es lo mismo que un traslado de oficio hacia otro centro educativo cuando aparece un alumno reincidente en actos de violencia o bullying:
“es una medida excepcional de protección dentro de los nuevos protocolos para la atención. La Resolución Ministerial 383-2025, emitida por el Ministerio de Educación, no regula un traslado de oficio regular al estudiante de forma general, sino que la aborda como una medida excepcional de protección dentro de los nuevos protocolos”.Orellana asegura que sin un plan de rehabilitación, acompañamiento psicológico y tutoría, esta medida no tendría ningún sentido en la lucha por erradicar la violencia escolar:
“no debemos esperar que suceda una situación trágica para recién preguntarnos a dónde mandamos al niño (...) cada institución educativa, con sus reglamentos, debe tener los medios para resolver esta situación poniendo en resguardo a la víctima, pero tomando medidas frente al menor agresor”.Si bien es cierto que, acertadamente, el Estado atiende a la víctima de acoso, hostigamiento, violencia o bullying, no se habla mucho sobre el papel de las instituciones educativas ante el menor infractor en este tipo de situaciones. Luz Orellana hace una reflexión sobre este particular:
“siempre miramos a la víctima y está bien, pero el sistema educativo tiene un rol más integral que abarca al menor infractor, a los padres y los docentes de quienes solemos olvidarnos”.“La norma dice que la institución educativa tiene que darle un tratamiento al menor, que no solamente es punitivo, sino de acompañamiento psicológico tanto a él como a sus padres, pero también sesiones de tutoría con el agresor, dependiendo de la gravedad. Y al hablar de traslado es necesario un plan de rehabilitación coordinado con la institución receptora.

De hecho, si los padres se niegan a este acompañamiento pueden ser objeto de denuncia por omisión de responsabilidad.

Hay una arquitectura legal potente sobre estos temas, pero el gran problema es que nuestro sistema educativo no tiene las capacidades de respuesta”, acotó.En ese sentido, el acompañamiento psicológico tanto para la víctima como para el agresor son de extrema importancia y la norma obliga a que las instituciones educativas cuenten con profesionales en psicología para prevenir y atender, entre otras cosas, episodios de violencia y/o bullying.Sin embargo, De Luise apunta que en el Perú no hay suficientes profesionales para atender la enorme demanda de colegios:

“la ley 29719, que es la ley anti-bullying, dice que cada escuela debe contar con psicólogos, pero la verdad es que al año se reciben un promedio de 5.000 psicólogos. De estos ¿Cuántos quieren ser educativos? Muy pocos porque lo que ganan no es suficiente, unos 1,300 soles en muchos casos; por eso, la gran mayoría se va a alguna organización o clínica, tienen que pensar en su futuro económico (...) No hay una población de psicólogos para dar abasto a las escuelas”Lo dicho por el especialista tiene mucho que ver con el siguiente dato:

que en el Perú existen en la actualidad 83,000 escuelas públicas, 24,000 privadas y 1,200 por convenio, es decir, hablamos de un total de 108,200 colegios a nivel nacional.Los especialistas consultados por El Comercio coinciden en que autoridades escolares como directores y maestros tienen, en muchos casos, un profundo desconocimiento de la norma, razón por la cual, entre otras cosas, se ha perdido el principio de autoridad en las aulas escolares. “Los docentes tienen que cumplir la norma, pero si no están institucionalizadas, nadie las cumple”, agrega De Luise:

“hay que capacitar a los maestros en temas del marco teórico sobre las normativas. Es importante que conozcan, por lo menos, cosas muy puntuales, que no solo sepan que el manual existe, sino lo que dice tal o cual artículo. Pero, también en habilidades blandas para saber cómo abordar este tipo de problemas”.Por su lado, Orellana consideró que existe un cúmulo de falta de capacidades señalando a las escuelas, pero también al propio Ministerio de Educación en el desconocimiento de las normas educativas en casos de violencia:
“que el ministro diga que van a hacer una norma para que se pueda expulsar revela la ausencia de capacidad en todos los niveles del sector educación”.Considera que cuando el ministro Chang habla de devolverle la autoridad a los maestros, este no sería el verdadero problema: “desde el punto de vista de la norma nunca se les ha quitado autoridad. Hay procedimientos que están en manos de los maestros y directivos para tomar acciones. Si quieren hacer una ley para recobrar autoridad, entonces vale preguntarse ¿con qué herramientas van a contar? ¿Qué capacitación o equipo de apoyo dispondrán?

Eso no garantiza una mejor respuesta pues, desde mi punto de vista, tiene que ver con el deterioro del sistema educativo en general”.Jorge de Luise cree que no pocos maestros son presas del miedo a actuar producto del desconocimiento: “vemos constante desconocimiento de la ley de parte de los profesores.

Las normas anteriores eran muy permisivas, impedían al maestro llamar la atención, pero con la Resolución Ministerial 383-2025 establece que se puede hacer un llamado de atención al estudiante para que cumpla las normas del reglamento interno del colegio, siempre y cuando no vulnere los derechos de la persona.

Medidas adoptadas y próximos pasos

Hablar fuerte y con firmeza no vulnera ningún derecho”.Cuando regresamos a lo ocurrido en el Liceo Naval Almirante Guise, padres de familia y maestros mencionaron en más de una ocasión a la plataforma SiseVe, un espacio del Ministerio de Educación para reportar de forma confidencial, segura y gratuita casos de violencia escolar y bullying, pero vale preguntarse ¿Qué tan efectiva ha sido?La directora de PIRKA Consultoría tiene una visión distinta sobre esta herramienta:

“no es una política pública que realmente aborde el problema, pues no refleja la causa de la violencia escolar (...) esto sirve para actuar de manera reactiva, no preventiva y SiseVe es un sistema de información que no sabemos procesar para llevar a cabo acciones de prevención. Por ejemplo, en la evaluación PISA 2025 hemos puesto el foco en la disminución de los aprendizajes, pero esa evaluación nos está diciendo que el bullying físico ha subido en nuestro país del 9% de 2022 a 16% en 2025.

Además, nos dice que el 13% de los escolares sufren violencia digital, la cual va creciendo y no estamos tomando los datos y la evidencia para abordarlo”.En lo que va del 2026 se han reportado en Siseve alrededor de 2,700 casos entre colegios públicos y privados; mientras que en 2025-2024 unos 6,726 casos, 2023 con 7,621 y 2022 con 4,446.

Investigaciones en curso y medidas legales

Investigaciones en curso y medidas legales

Sin embargo, debemos tener en cuenta que la propia plataforma advierte que puede existir más de un reporte sobre el mismo caso y que las mismas, a la vez que no todos son hechos confirmados.Pero, dentro del preocupante panorama, lo cierto es que, de acuerdo a la especialista, hoy cada vez “más adolescentes y padres de familia se animan a registrar sus denuncias, sus quejas, pero no es la solución definitiva.

La política pública tiene que ir a la prevención y contar con herramientas para diagnosticar adecuadamente el problema”.Finalmente, hay que tener en cuenta los datos arrojados por la Evaluación Nacional de Logros de Aprendizaje (ENLA) de 2025, que expone que menos de la mitad de los estudiantes gestionan correctamente sus emociones, mientras que el estudio de la OCDE de 2019 revela que más del 20 por ciento de escolares de 15 años aseguraron haberse burlado de otros compañeros.

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Este reporte fue elaborado por la redacción de PeruAlDia mediante curaduría y síntesis periodística asistida, con información reportada originalmente por El Comercio .

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