SBS amplía los canales habilitados para realizar el pago de aportes provisionales
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó, en el marco de la Ley N.° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, el Título V del Compendio de Norm...

Keiko Fujimori sostuvo reunión con titular del BID para abordar apoyo financiero y técnico a proyectos de desarrollo en el PerúElmer Cuba, ministro de Economía, sostiene reuniones con las principales calificadoras de riesgo en Nueva YorkLa Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó, en el marco de la Ley N.° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, el Título V del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Pensiones (SPP), mediante la Resolución SBS 02326 – 2026.
Esto, con el objetivo de facilitar el pago de aportes previsionales mediante billeteras digitales, aplicativos digitales y otros. La norma permite que los aportes sean pagados a través de diversos mecanismos como los ofrecidos por instituciones intermediarias tales como las entidades de servicios de pago, empresas del sistema financiero y empresas de servicios complementarios y conexos.
Las Empresas Administradoras de Fondos (EAF) podrán suscribir convenios con dichas instituciones intermediarias, en los que se establecerán las condiciones y plazos para la prestación del servicio de pago de aportes.
Estos servicios se encuentran sujetos a las disposiciones de la SBS en materia de gestión del riesgo operacional y gobierno corporativo.La modificación también incorpora disposiciones para proteger los datos personales de los afiliados, señalando que estos no podrán ser utilizados sin su autorización expresa, salvo los supuestos previstos en la normativa aplicable.Con estas medidas, la SBS continúa adecuando el marco regulatorio del SPP a las disposiciones de la Ley N.° 32123, incorporando alternativas digitales que faciliten el proceso de pago y recaudación de los aportes previsionales y que contribuyan a mejorar los niveles de acumulación de recursos y pensión, en línea con los objetivos de ampliación de cobertura del Sistema Integrado Previsional Peruano (SIPP).
Este reporte fue elaborado por la redacción de PeruAlDia mediante curaduría y síntesis periodística asistida, con información reportada originalmente por El Comercio .


